En AJVCRC realizamos los certificados necesarios para la obtención y renovación del permiso de seguridad privada, realizando un reconocimiento médico y psicotécnico, que acredite el estado de salud y obtener así el permiso de seguridad.
Una vez realizada, se le entregará el certificado médicoacreditando que usted se encuentra apto para la renovación de su permiso.
Duración:30 Minutos
Documentación:DNI
AJV-CRC expide los Certificados Médicos necesarios para realizar las pruebas físicas de acceso a Seguridad Privada, para obtener o renovarse la TIP, escolta, vigilante de seguridad o detective privado. En dicho reconocimiento médico se analiza tanto la parte física como la psíquica.
Las renovaciones de las licencias de Seguridad Privada se tienen que realizar cada 5 años.
Requisitos para ser Vigilante de Seguridad
- Tener entre 18 y 55 años.
- Tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
- Haber superado o poder superar el graduado en Educación Secundaria Obligatoria (ESO), en Técnico, u otros graduados equivalentes a efectos profesionales, o superiores.
- Poseer la aptitud física y la capacidad psíquica necesarias para el ejercicio de las funciones de vigilante de seguridad (para tener y usar armas y para prestar servicios de seguridad privada).
- No haber sido condenado por intromisión ilegítima en el ámbito de protección del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, del secreto a las comunicaciones o de otros derechos fundamentales en los 5 años anteriores a la solicitud.
- No haber sido sancionado en los 2 años anteriores por infracción grave en materia de seguridad o no haber sido sancionado en los 4 años anteriores por infracción muy grave.
- Carecer de antecedentes penales.
- No haber sido separado del servicio en las Fuerzas Armadas o en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
- No haber ejercido funciones de control de las entidades, servicios o actuaciones de seguridad, vigilancia o investigación privadas, ni de su personal o medios, como miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en los dos años anteriores a la solicitud.
- Poseer el diploma o certificación acreditativa de haber superado el curso o cursos correspondientes en los centros de formación de seguridad privada autorizados por la Secretaría de Estado de Seguridad.