Saltear al contenido principal

Certificado Médico Licencia de Armas (Tipo: B, C, D, E, F)

En AJVCRC realizamos el certificado médico necesario para la obtención y renovación del permiso de armas, realizando un reconocimiento médico, prueba oftalmológica, auditiva y test psicotécnico. Una vez haya superado el reconocimiento se le entregará un certificado médico acreditando que se encuentra apto para la obtención o renovación del Permiso de Armas.

Duración:30 Minutos
Documentación:DNI o NIE

 

Documentación necesaria para realizarse el Certificado Médico de licencia de Armas

DNI original en vigor
La Fotografía la realizamos en el centro médico

 

Requisitos necesarios para obtener la Licencia de Animales Potencialmente Peligrosos:

  • Ser mayor de edad y no estar incapacitado para proporcionar los cuidados necesarios al animal.
  • No haber sido condenado por delitos de homicidio, lesiones, torturas, contra la libertad o contra la integridad moral, la libertad sexual y la salud pública, de asociación con banda armada o de narcotráfico, así como ausencia de sanciones por infracciones en materia de tenencia de animales potencialmente peligrosos.
  • Certificado de aptitud psicológica.
  • Acreditación de haber formalizado un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros que puedan ser causados por sus animales, por la cuantía mínima que reglamentariamente se determine.

 

Tipo B

Características:Pistolas y revólveres.
Duración de la Licencia: 3 Años.

Se debe renovar cada 3 años.

A partir de los 60 años se deberá visar cada 2 años, previa aportación del interesado de un informe médico favorable, expedido por un centro de reconocimiento médico autorizado. A partir de los 70 se deberá efectuar la renovación de manera anual.

 

Tipo C

Características:Armas para vigilancia y guardería.
Duración de la Licencia:Exclusivamente durante el tiempo de prestación del servicio de seguridad.

Tendrán validez exclusivamente durante el tiempo de prestación del servicio de seguridad determinante de su concesión y carecerán de validez cuando sus titulares se encuentren fuera de servicio.
La vigencia de las licencias estará condicionada al mantenimiento de los requisitos exigibles para su otorgamiento. Los órganos competentes para su expedición pueden comprobar en cualquier momento tal mantenimiento y, en caso contrario, procederán a revocarlas.
En las licencias de armas tipo C se debe actualizar la fotografía del documento cada 5 años.

 

Tipo D

Características:Armas largas rayadas para caza mayor.
Duración de la Licencia:5 años.

A partir de los 60 años se deberá visar cada 2 años, previa aportación del interesado del informe favorable, expedido por un centro de reconocimiento autorizado. A partir de los 70 se deberá efectuar la renovación de manera anual.

 

Tipo E

Características:Armas de tiro deportivo y escopetas de caza.
Duración de la Licencia:5 años.

A partir de los 60 años se deberá visar cada 2 años, previa aportación del interesado del informe favorable, expedido por un centro de reconocimiento autorizado. A partir de los 70 se deberá efectuar la renovación de manera anual.

 

Tipo F

Características: Armas para uso en campos, galerías y polígonos de tiro.

Duración de la Licencia:3 años.

Aquellos deportistas que, salvo casos excepcionales, no hayan realizado durante un año actividades deportivas, perderán la licencia tipo F.

certificado médico para armas en mataró

Rellena el Formulario de Contacto






He leído y acepto el Aviso Legal y la Política de Privacidad

Volver arriba